concurso sin masa de persona fisica

Los concursos sin masa de persona física tras la reforma concursal de 2022: ventajas, requisitos y jurisprudencia reciente

1.- Introducción al concurso sin masa de persona física

El concurso sin masa para persona física es una de las novedades más interesantes que trae la reforma concursal de 2022. Aunque aún desconocido para muchos, este mecanismo ofrece una vía más ágil para personas insolventes que no pueden asumir un procedimiento convencional.

A raíz del anterior artículo publicado sobre este tema, en esta ocasión descubrirás qué es un concurso sin masa, cuáles son sus requisitos, qué ventajas ofrece frente a otros mecanismos, y cómo se relaciona con la Ley de Segunda Oportunidad.

2.- Contexto legal: la reforma concursal de 2022

Con la entrada en vigor de la Ley 16/2022, se introdujeron múltiples cambios al Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) para adaptar la normativa española a la Directiva (UE) 2019/1023.

Entre esas reformas, se incluyó el artículo 37 bis del TRLC, que posibilita la declaración de concurso sin masa de persona física y jurídicas, ampliando así las herramientas de reestructuración para casos de insolvencia extrema.

Este mecanismo refleja la intención legislativa de agilizar los procesos y facilitar la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) sin necesidad de liquidar la totalidad del patrimonio si no hay activos suficientes.

3.- ¿Qué es el concurso sin masa de persona física?

El concepto de concurso sin masa se aplica cuando:

  • No existen bienes del deudor susceptibles de liquidación (masa activa mínima).
  • Los costos del procedimiento no pueden cubrirse con esos bienes.
  • En tales circunstancias, el concurso continúa sin necesidad de liquidar el patrimonio y se puede pedir la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) si se cumplen los requisitos.

Este mecanismo permite que personas físicas insolventes presenten un concurso de acreedores sin entrar en una fase de liquidación real, haciéndolo más llevadero y menos gravoso.

4.- Ventajas y limitaciones del concurso sin masa

Ventajas destacadas:

  • Menor coste procesal al no exigirse liquidación de activos.
  • Procedimiento más ágil y corto.
  • Puede facilitar el acceso a la exoneración de deudas (EPI) cuando no hay bienes.
  • Permite que el deudor inicie el camino a la Ley de Segunda Oportunidad con menos carga.

Limitaciones o riesgos:

  • No todas las deudas podrían ser exoneradas (por ejemplo, deudas con Hacienda o Seguridad Social pueden tener límites).
  • Se requiere cumplir con los requisitos legales de buena fe y no haber sido beneficiario de exoneración previa.
  • En ciertos casos, puede que los acreedores impugnen la falta de activos o la viabilidad del mecanismo.
  • La interpretación judicial de la norma aún está en desarrollo: pueden surgir discrepancias entre tribunales.

5.- Requisitos y procedimiento

Requisitos básicos:

  1. Que no existan bienes susceptibles de realización (masa activa);
  2. Que los costes del concurso no puedan ser cubiertos por esos bienes;
  3. Que se haya actuado de buena fe;
  4. No haber obtenido exoneración en los últimos 10 años;
  5. Cumplimiento de las obligaciones formales del concurso (presentación de solicitud, estado de deudas, lista de acreedores, etc.).

Procedimiento simplificado:

  • Solicitud de concurso ante el juzgado competente.
  • Verificación de la inexistencia o insuficiencia de masa activa.
  • Acogimiento del mecanismo sin apertura de fase de liquidación.
  • Si procede, concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) directamente, siempre que se cumpla con los requisitos.
  • Resolución judicial confirmando o denegando la exoneración.

6.- Jurisprudencia reciente y casos relevantes

Aunque el mecanismo es reciente, ya hay pronunciamientos que interpretan su aplicación. Por ejemplo, se está debatiendo cuándo se considera que no hay masa activa suficiente o la compatibilidad con planes de pagos.

Un asunto importante es la inclusión o no de deudas públicas (Hacienda, Seguridad Social) dentro de la exoneración parcial en concursos sin masa, lo que los tribunales deben resolver caso por caso.

Además, se da valor al control judicial riguroso para garantizar que el mecanismo no se convierta en una vía de abuso.

7.- Relación con la Ley de Segunda Oportunidad

El concurso sin masa puede ser una vía alternativa o complementaria para personas físicas que buscan acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En situaciones en que no hay bienes, este mecanismo facilita el acceso a la exoneración del pasivo insatisfecho con menos barreras materiales.

8.- Conclusión

El concurso sin masa de persona física es una novedad clave que puede transformar la manera en que los deudores afrontan sus problemas financieros cuando no poseen bienes. Gracias a la reforma de 2022 y su introducción del artículo 37 bis, se abre una puerta más accesible en el Derecho Concursal.

Si estás en una situación de insolvencia, este mecanismo podría ser una opción viable.

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