¿Cuándo debe solicitar concurso una empresa?
Actualizado: julio de 2026
Una empresa debe valorar solicitar concurso de acreedores cuando ya no puede cumplir regularmente sus obligaciones de pago o cuando prevé que no podrá hacerlo en los próximos meses.
La pregunta no es solo:
“¿Tengo deudas?”
La pregunta importante es:
“¿Mi empresa puede pagar de forma regular Hacienda, Seguridad Social, bancos, proveedores, trabajadores y demás acreedores?”
Si la respuesta es no, puede existir una situación de insolvencia.
Y si existe insolvencia actual, esperar demasiado puede aumentar el problema y generar riesgos para el administrador.
Respuesta rápida: ¿cuándo debe solicitar concurso una empresa?
Una empresa debe solicitar concurso cuando se encuentra en situación de insolvencia actual, es decir, cuando no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
El Texto Refundido de la Ley Concursal establece que el deudor debe solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia actual.
También puede solicitar concurso cuando la insolvencia es inminente, es decir, cuando prevé que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.
Puedes consultar la regulación en el Texto Refundido de la Ley Concursal:
Texto Refundido de la Ley Concursal – BOE
La clave es actuar antes de que la empresa esté completamente bloqueada por embargos, demandas o impagos generalizados.
Qué significa que una empresa sea insolvente
Una empresa es insolvente cuando no puede pagar de forma regular sus obligaciones exigibles.
No se trata solo de tener pérdidas.
No se trata solo de tener deudas.
No se trata solo de tener un mal trimestre.
La insolvencia aparece cuando la empresa no puede cumplir normalmente con sus pagos.
Por ejemplo:
- No puede pagar el IVA.
- No puede pagar la Seguridad Social.
- No puede pagar proveedores.
- No puede pagar nóminas.
- No puede atender préstamos bancarios.
- No puede cumplir aplazamientos concedidos.
- Solo paga unas deudas dejando otras sin atender.
- Necesita endeudarse más para pagar deuda anterior.
- Sufre embargos que bloquean su actividad.
Cuando esto ocurre, el problema deja de ser una tensión puntual de tesorería y puede convertirse en una situación concursal.
Insolvencia actual, insolvencia inminente y probabilidad de insolvencia
Es importante distinguir tres momentos distintos.
Insolvencia actual
Existe cuando la empresa ya no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
Ejemplo:
Una sociedad debe varios trimestres de IVA, tiene cuotas de Seguridad Social impagadas, proveedores vencidos y no puede atender sus préstamos.
Aquí el problema ya existe.
No es una previsión futura.
La empresa ya está incumpliendo.
Insolvencia inminente
Existe cuando la empresa prevé que dentro de los tres meses siguientes no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.
Ejemplo:
La empresa todavía paga, pero sabe que en dos meses vencen préstamos, impuestos y nóminas que no podrá afrontar con la caja prevista.
Aquí todavía puede haber margen de actuación, pero no conviene esperar.
Probabilidad de insolvencia
Es una fase anterior.
La empresa todavía puede pagar actualmente, pero existen señales claras de que, si no se toman medidas, puede terminar siendo insolvente.
En esta fase pueden tener sentido herramientas preconcursales, negociación con acreedores o planes de reestructuración.
La diferencia es importante porque cuanto antes se actúe, más opciones suele haber.
Señales claras de que una empresa debe valorar el concurso
No hay que esperar a que uno de los acreedores demande.
No hay que esperar a que Hacienda embargue todas las cuentas.
No hay que esperar a que la empresa no tenga absolutamente nada.
Hay señales que indican que conviene estudiar el concurso o una solución preconcursal:
- La empresa no puede pagar impuestos en plazo.
- Se acumulan deudas con Hacienda.
- Existen deudas con Seguridad Social.
- Hay proveedores vencidos desde hace meses.
- Los bancos han cancelado financiación.
- Se incumplen pólizas, préstamos o líneas de crédito.
- Los trabajadores cobran tarde.
- Hay embargos en cuentas.
- Hacienda ha embargado créditos frente a clientes.
- Seguridad Social ha embargado vehículos o cuentas.
- Los proveedores amenazan con demandas.
- La empresa sobrevive pagando solo a quien más presiona.
- Se han pedido préstamos personales para sostener la sociedad.
- El administrador está poniendo dinero propio constantemente.
- No existe previsión realista de ponerse al día.
Si aparecen varias de estas señales, hay que dejar de pensar solo en “aguantar” y empezar a analizar la situación de insolvencia.
Puedes ampliar esta cuestión en este artículo:
¿Qué ocurre si una SL no puede pagar sus deudas?
El error más peligroso: esperar demasiado
Muchos empresarios retrasan la decisión porque piensan:
“Si solicito concurso, la empresa se acaba.”
Pero esto no siempre es así.
El verdadero peligro muchas veces no está en solicitar concurso.
El verdadero peligro está en esperar demasiado.
Cuando el administrador espera, pueden pasar varias cosas:
- La deuda crece.
- Hacienda inicia apremios.
- Seguridad Social embarga.
- Los bancos cierran financiación.
- Los proveedores dejan de servir.
- Los trabajadores reclaman salarios.
- Los clientes pierden confianza.
- La empresa pierde valor.
- El administrador aumenta su riesgo personal.
El concurso no debe verse solo como una derrota.
En algunos casos puede servir para ordenar la situación, proteger la actividad, vender una unidad productiva, liquidar de forma ordenada o reducir riesgos del administrador.
Lo que suele destruir una empresa no es estudiar el concurso.
Lo que la destruye es llegar tarde.
¿Cuánto tiempo tiene una empresa para solicitar concurso?
Si la empresa está en insolvencia actual, el deber legal es solicitar concurso dentro de los dos meses siguientes desde que el deudor conoce o debería conocer esa situación.
Esto no significa que siempre sea fácil determinar el día exacto.
Por eso hay que analizar hechos concretos:
- Fecha de los primeros impagos relevantes.
- Deudas tributarias vencidas.
- Deudas con Seguridad Social.
- Embargos.
- Demandas de acreedores.
- Impagos de nóminas.
- Incumplimientos bancarios.
- Falta de liquidez continuada.
- Imposibilidad de cumplir aplazamientos.
- Existencia de múltiples acreedores vencidos.
La cuestión no es solo cuándo dejó de pagar una factura.
La cuestión es cuándo la empresa dejó de poder cumplir regularmente sus obligaciones.
¿Qué pasa si no se solicita concurso a tiempo?
No solicitar concurso a tiempo puede generar consecuencias importantes.
Entre ellas:
- Mayor deuda.
- Más embargos.
- Pérdida de valor de la empresa.
- Menor capacidad de negociación.
- Reclamaciones judiciales.
- Riesgo de concurso necesario solicitado por acreedores.
- Posibles problemas para el administrador.
- Riesgo de calificación culpable en determinados casos.
- Responsabilidad por deudas sociales en supuestos concretos.
Cada caso debe analizarse individualmente.
Pero hay una idea clara: si la empresa ya está en insolvencia, no actuar no hace desaparecer el problema.
Normalmente lo agrava.
¿Puede el administrador responder personalmente por esperar?
Sí, en determinados casos.
Una sociedad limitada protege el patrimonio personal de socios y administradores, pero esa protección no es absoluta.
El administrador puede tener riesgo si:
- Ha firmado avales personales.
- Sigue generando deudas sabiendo que la sociedad no podrá pagarlas.
- No actúa ante una causa de disolución.
- No solicita concurso cuando debía hacerlo.
- Cierra la empresa de hecho sin liquidar.
- Retira bienes o dinero de la sociedad.
- Favorece a unos acreedores de forma injustificada.
- Incumple obligaciones contables o mercantiles.
- Hacienda o Seguridad Social derivan responsabilidad.
- La insolvencia se agrava por una actuación negligente.
Por eso, cuando una empresa empieza a no pagar impuestos, Seguridad Social, bancos o proveedores, el administrador debe pensar en dos planos:
- La supervivencia o liquidación ordenada de la empresa.
- La protección de su propio patrimonio personal.
Si tu empresa ya no puede pagar con normalidad o temes que Hacienda, Seguridad Social o proveedores puedan reclamarte como administrador, puedes pedir una primera valoración del caso. Analizamos la situación de la empresa y el posible riesgo personal.
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¿Es obligatorio solicitar concurso si tengo deudas con Hacienda?
No por el simple hecho de tener una deuda con Hacienda.
Una empresa puede tener una deuda puntual y resolverla mediante pago, aplazamiento o fraccionamiento.
El problema aparece cuando la empresa no puede cumplir regularmente sus obligaciones.
Por ejemplo:
- No puede pagar varios trimestres de IVA.
- No puede cumplir aplazamientos.
- Tiene embargos activos.
- También debe Seguridad Social.
- Hay proveedores impagados.
- No puede pagar nóminas o préstamos.
- No hay previsión realista de recuperación.
En esos casos, la deuda con Hacienda puede ser una señal de insolvencia.
Puedes leer más aquí:
¿Puede Hacienda embargar una empresa?
¿Y si no puedo pagar el IVA?
No poder pagar el IVA puede ser una señal muy relevante.
Si se trata de un trimestre puntual y la empresa tiene capacidad real de pago, puede valorarse un aplazamiento.
Pero si el IVA se acumula trimestre tras trimestre, la situación cambia.
Una empresa que necesita usar el IVA para pagar otros gastos puede estar financiándose con dinero que después no podrá ingresar a Hacienda.
Eso puede generar:
- Recargos.
- Intereses.
- Embargos.
- Diligencias a clientes.
- Bloqueo de cuentas.
- Riesgo para la continuidad del negocio.
Si el IVA impagado forma parte de una crisis más amplia, conviene estudiar la insolvencia de la empresa.
Puedes ampliar esta cuestión en este artículo:
¿Qué pasa si no puedo pagar el IVA?
¿Y si debo Seguridad Social?
Las deudas con Seguridad Social también son una señal importante.
Especialmente cuando se acumulan cuotas de varios meses, seguros sociales de trabajadores o recargos.
Si la empresa debe Seguridad Social y, además, tiene deudas con Hacienda, bancos o proveedores, el problema puede ser estructural.
En estos casos conviene analizar:
- Si la empresa es viable.
- Si puede ponerse al día.
- Si existe riesgo de embargo.
- Si hay riesgo de derivación de responsabilidad.
- Si procede una solución concursal.
- Si el administrador o autónomo puede tener un problema personal.
Si quieres ampliar esta cuestión, puedes leer:
¿Se pueden cancelar las deudas con la Seguridad Social?
¿Qué diferencia hay entre preconcurso y concurso?
De forma sencilla:
El preconcurso o la comunicación de apertura de negociaciones permite ganar tiempo para negociar con acreedores y buscar una solución antes de llegar al concurso, siempre que se cumplan los requisitos legales.
El concurso es el procedimiento judicial que se tramita cuando existe insolvencia actual o inminente y la empresa necesita ordenar su situación frente a los acreedores.
La comunicación de negociaciones puede tener sentido cuando todavía hay margen para alcanzar un plan de reestructuración o evitar una liquidación desordenada.
Pero no debe utilizarse como una simple forma de ganar tiempo sin estrategia.
Si la empresa no es viable, retrasar artificialmente el problema puede empeorar la situación.
¿Puede una empresa negociar antes de solicitar concurso?
Sí.
En muchos casos puede comunicar al juzgado la apertura de negociaciones con acreedores para intentar alcanzar un plan de reestructuración.
Esta posibilidad puede existir en situaciones de probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o incluso insolvencia actual, siempre que no se haya admitido a trámite una solicitud de concurso necesario.
La comunicación puede servir para abrir una ventana de negociación y evitar que la empresa llegue directamente a concurso sin haber intentado una solución previa.
Pero no todas las empresas necesitan lo mismo.
A veces procede negociar.
A veces procede reestructurar.
A veces procede concurso.
A veces procede liquidar.
La clave es diagnosticar bien la situación.
¿Qué pasa si un acreedor pide el concurso de la empresa?
Si la empresa no actúa, puede hacerlo un acreedor.
Un acreedor puede solicitar el concurso necesario cuando concurren hechos reveladores de insolvencia previstos en la ley.
Por ejemplo:
- Embargos generalizados.
- Impago generalizado de obligaciones.
- Impago de obligaciones tributarias durante los tres meses anteriores.
- Impago de cuotas de Seguridad Social durante ese periodo.
- Impago de salarios e indemnizaciones durante las tres últimas mensualidades.
- Alzamiento o liquidación apresurada de bienes.
- Existencia de ejecuciones o apremios sin bienes suficientes.
Cuando el concurso lo solicita un acreedor, el administrador pierde iniciativa y margen de control.
Por eso, si la empresa ya está en insolvencia, suele ser mejor estudiar una estrategia propia antes de que la situación venga impuesta desde fuera.
¿Debe solicitar concurso una empresa que todavía factura?
Puede que sí.
Facturar no significa ser solvente.
Una empresa puede facturar mucho y estar en insolvencia si no puede pagar regularmente sus obligaciones.
Esto ocurre cuando:
- Tiene márgenes muy bajos.
- Cobra tarde.
- Paga antes de cobrar.
- Arrastra deuda antigua.
- Tiene embargos.
- Los impuestos se acumulan.
- Los bancos han cerrado financiación.
- La caja no cubre vencimientos.
- Cada mes empieza con deuda del mes anterior.
Por eso, la pregunta no es cuánto factura la empresa.
La pregunta es si puede pagar.
Una empresa con facturación puede estar en concurso si no tiene liquidez real ni capacidad de cumplir sus obligaciones exigibles.
¿Debe solicitar concurso una empresa sin bienes?
También puede ser necesario.
Hay empresas que no tienen bienes suficientes para pagar sus deudas y aun así deben ordenar su situación.
En estos casos puede estudiarse un concurso sin masa, si se cumplen los requisitos legales, o el procedimiento que corresponda según el tipo de deudor.
No tener bienes no significa que no haya que hacer nada.
Dejar una sociedad abandonada con deudas puede generar problemas futuros, especialmente para el administrador.
¿Qué pasa con las microempresas?
Muchas pequeñas sociedades pueden estar dentro del régimen especial de microempresas previsto en el Libro Tercero del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Este procedimiento puede aplicarse a determinados deudores de menor tamaño y puede orientarse a:
- Continuación de la actividad.
- Liquidación ordenada.
Es especialmente relevante para:
- Pequeñas SL.
- Negocios familiares.
- Empresas con pocos trabajadores.
- Autónomos con actividad empresarial.
- Sociedades con estructura reducida.
La cuestión esencial es valorar si la empresa tiene viabilidad real.
Si puede continuar, habrá que estudiar una solución de continuidad.
Si no puede continuar, habrá que estudiar una liquidación ordenada que reduzca riesgos.
¿Qué debe hacer una empresa antes de solicitar concurso?
Antes de solicitar concurso, conviene ordenar bien la información.
No basta con decir:
“La empresa no puede pagar.”
Hay que preparar un diagnóstico completo.
1. Calcular la deuda total
Hay que saber exactamente cuánto se debe y a quién.
Por ejemplo:
- Hacienda.
- Seguridad Social.
- Bancos.
- Proveedores.
- Trabajadores.
- Arrendadores.
- Financieras.
- Socios.
- Administradores.
- Acreedores judiciales.
2. Separar deuda vencida y deuda futura
No es lo mismo una deuda ya vencida que una obligación que vencerá dentro de tres meses.
Ambas importan, pero deben analizarse de forma distinta.
3. Revisar la liquidez real
Hay que comprobar:
- Saldo en cuentas.
- Facturas pendientes de cobro.
- Facturas pendientes de pago.
- Cobros previstos.
- Pagos inmediatos.
- Embargos.
- Devoluciones pendientes.
- Líneas de financiación disponibles.
4. Analizar si la empresa es viable
La pregunta clave es:
¿La empresa puede seguir funcionando si se ordena la deuda?
Si la respuesta es sí, puede estudiarse una solución de continuidad.
Si la respuesta es no, puede ser mejor una liquidación ordenada.
5. Revisar el riesgo del administrador
Antes de tomar decisiones, hay que analizar:
- Avales personales.
- Préstamos firmados personalmente.
- Posibles derivaciones de Hacienda.
- Posibles derivaciones de Seguridad Social.
- Causa de disolución.
- Contabilidad.
- Pagos recientes.
- Retiradas de dinero.
- Deudas generadas en los últimos meses.
6. Evitar actuaciones precipitadas
Cuando una empresa entra en crisis, es habitual cometer errores.
Por ejemplo:
- Vender bienes por debajo de su valor.
- Pagar solo a acreedores cercanos.
- Sacar dinero de la sociedad.
- Dejar de presentar impuestos.
- Abandonar la sociedad.
- Pedir préstamos personales para pagar deuda social.
- Cerrar sin asesoramiento.
Estas decisiones pueden empeorar la situación.
Documentación necesaria para valorar si procede concurso
Para estudiar correctamente si una empresa debe solicitar concurso, conviene reunir:
- Escritura de constitución.
- CIF.
- Últimas cuentas anuales.
- Balance actualizado.
- Cuenta de pérdidas y ganancias.
- Relación de acreedores.
- Relación de bienes y derechos.
- Deudas con Hacienda.
- Deudas con Seguridad Social.
- Préstamos bancarios.
- Pólizas de crédito.
- Avales firmados.
- Deudas con proveedores.
- Facturas pendientes de cobro.
- Facturas pendientes de pago.
- Nóminas pendientes.
- Contratos relevantes.
- Embargos recibidos.
- Demandas o monitorios.
- Notificaciones electrónicas.
- Información sobre trabajadores.
- Previsión de tesorería.
Con esta documentación se puede valorar si existe insolvencia, si la empresa es viable y qué vía tiene más sentido.
Errores frecuentes antes de solicitar concurso
Error 1: esperar a que no quede nada
Cuanto menos patrimonio, menos liquidez y menos margen tiene la empresa, más difícil suele ser encontrar una solución.
Error 2: confundir deuda con insolvencia
Tener deuda no siempre implica concurso.
Pero no poder pagar regularmente sí puede indicar insolvencia.
Error 3: pedir aplazamientos imposibles
Un aplazamiento que no se puede cumplir solo retrasa el problema y puede agravar la deuda.
Error 4: seguir generando deuda nueva
Si la empresa ya no puede pagar, seguir contratando, comprando o generando obligaciones sin capacidad real de pago puede aumentar el riesgo.
Error 5: pagar sin criterio
Cuando no hay dinero para todos, pagar solo al acreedor que más presiona puede ser peligroso.
Error 6: convertir deuda social en deuda personal
Pedir préstamos personales para pagar deudas de la empresa puede trasladar el problema al administrador.
Error 7: abandonar la sociedad
Dejar una sociedad inactiva con deudas no equivale a cerrarla correctamente.
Error 8: no pedir ayuda hasta recibir embargos
Cuando llegan los embargos, el margen de maniobra se reduce.
Preguntas frecuentes sobre cuándo solicitar concurso
¿Una empresa debe solicitar concurso en cuanto tiene deudas?
No necesariamente.
Tener deudas no basta. Lo importante es si la empresa puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles.
¿Cuándo existe obligación de solicitar concurso?
Cuando la empresa está en insolvencia actual, debe solicitar concurso dentro de los dos meses siguientes desde que conoce o debería conocer esa situación.
¿Puede solicitar concurso antes de dejar de pagar?
Puede solicitarlo si prevé una insolvencia inminente, es decir, si sabe que dentro de los próximos tres meses no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.
¿Qué pasa si espero demasiado?
La deuda puede crecer, pueden aparecer embargos, reclamaciones judiciales, concurso necesario solicitado por acreedores y posibles riesgos para el administrador.
¿Facturar significa que no estoy en insolvencia?
No. Una empresa puede facturar y aun así ser insolvente si no tiene liquidez para pagar regularmente sus obligaciones.
¿Qué ocurre si debo Hacienda y Seguridad Social?
Puede ser una señal relevante de insolvencia, especialmente si las deudas se acumulan durante varios meses o ya existen embargos.
¿Puede un acreedor pedir el concurso de mi empresa?
Sí. En determinados casos, un acreedor puede solicitar concurso necesario si existen hechos reveladores de insolvencia.
¿El concurso siempre implica cerrar la empresa?
No siempre. En algunos casos puede buscarse continuidad, reestructuración o venta de unidad productiva. En otros, la solución será la liquidación ordenada.
¿Qué pasa si la empresa no tiene bienes?
Puede que aun así haya que ordenar la situación. No tener bienes no significa que sea recomendable abandonar la sociedad.
¿Debe preocuparse el administrador?
Sí. El administrador debe analizar su posición si hay avales personales, deudas públicas, causa de disolución, insolvencia o decisiones que puedan agravar la situación.
Conclusión: el concurso debe estudiarse antes del bloqueo total
Una empresa debe solicitar concurso cuando no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles y se encuentra en insolvencia actual.
También puede valorar el concurso o una solución preconcursal cuando la insolvencia es inminente o cuando existen señales claras de deterioro financiero.
Esperar demasiado suele ser el error más caro.
Porque mientras la empresa intenta aguantar, pueden crecer las deudas, llegar embargos, aparecer demandas y aumentar el riesgo personal del administrador.
Si la empresa todavía es viable, actuar a tiempo puede permitir negociar, reestructurar o buscar una solución de continuidad.
Si la empresa ya no es viable, actuar a tiempo puede permitir una liquidación ordenada y reducir riesgos.
Si tu empresa no puede pagar con normalidad, acumula deuda con Hacienda, Seguridad Social, bancos o proveedores, o ya tiene embargos, puedes pedir una primera valoración del caso. Analizamos si existe insolvencia, qué opciones legales hay y qué riesgo puede tener el administrador.
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